02 diciembre 2024

En Neuquén, prohibieron la exhibición de alimentos ultraprocesados en las líneas de cajas

La reglamentación de la ley, que busca promover la salud de las personas a través de la promoción de mejores hábitos alimenticios, incluye a supermercados, farmacias y autoservicios. Buscan disminuir la incidencia del sobrepreso, obesidad y otras enfermedades.

 

El Gobierno de Neuquén reglamentó la ley que establece la prohibición de exhibir alimentos ultraprocesados en las líneas de cajas de los supermercados, farmacias y autoservicios, con el objetivo de disminuir la incidencia del sobrepreso, obesidad y otras enfermedades.

La ley provincial 3224, que busca promover la salud de las personas, establece intervenciones que estimulan mejores hábitos alimenticios, promoviendo particularmente la reducción del consumo calórico excesivo y de la ingesta de dulces en general, según explicó el Gobierno neuquino en un comunicado.

Asimismo, señaló que la reglamentación de la norma prohíbe a los supermercados, hipermercados, farmacias y otros comercios de modalidad de autoservicio la exhibición y oferta de alimentos ultraprocesados, en filas y líneas de cajas registradoras, en proximidad a estas, y en accesos y salidas.

A través del Decreto 254/2022, firmado por el gobernador Omar Gutiérrez, se estableció como autoridad de aplicación a la Dirección Provincial de Protección al Consumidor, dependiente del Ministerio de Seguridad.

El organismo provincial será el encargado de reglamentar la distancia mínima de 3 metros, debidamente señalizada, entre los espacios o góndolas de exhibición de alimentos ultraprocesados, y las líneas y filas de cajas registradoras y zonas de acceso y salida de los locales comerciales.

Además, a través de la Dirección General de Inspección y Fiscalización, Protección al Consumidor realizará inspecciones en las localidades de la provincia, pudiendo celebrar convenios con los municipios para determinar la evaluación y grado del cumplimiento de la ley en los comercios.

La norma dispone que la autoridad de aplicación deberá actualizar la lista de alimentos ultraprocesados, toda vez que se modifiquen los criterios establecidos en el "Modelo de perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud". Dicha lista y sus actualizaciones estarán publicadas en la web del organismo, resultando accesible para toda la ciudadanía.

Cabe señalar que, en su artículo 6°, la ley provincial establece que quedan exceptuados los comercios cuya actividad principal sea la venta de golosinas o alimentos de similares características.

La Ley 3224 tiene su correlato en relación a la Ley Nacional de Defensa del Consumidor 24.240 y en la Ley 2268 que sancionó la provincia del Neuquén, de adhesión a esa norma nacional.

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