24 abril 2024

Diputado del FdT prepara un proyecto de modificación de la Ley de Alquileres

Detrás de la iniciativa se encuentra el sanjuanino José Luis Gioja. Apuntaría a mejorar las condiciones de contratación de los inquilinos, al tiempo de beneficios tributarios para locadores.

La polémica por la Ley de Alquileres sancionada en 2020 continúa. Mientras en el Congreso hay proyectos presentados por parte de la oposición para modificar la norma o directamente derogarla, desde el oficialismo admitieron a fines del año pasado que había que rediscutir la ley, pero todavía no se avanzó.

Ya con el período de sesiones ordinarias iniciado, aunque todavía sin demasiado avance legislativo por la falta de acuerdos para conformar las comisiones, desde Juntos por el Cambio advirtieron este lunes que convocarán a una sesión especial para ponerle fin a la reforma que se realizó hace dos años, cuya media sanción fue, más precisamente, en noviembre de 2019, con consenso de la mayoría de los bloques y que tenía como autor al exdiputado nacional del Pro -hoy legislador bonaerense- Daniel Lipovetzky.

Mientras el tema se instala y desinstala en la agenda con el correr de los días, desde el bloque Frente de Todos también se evalúan iniciativas. En una de ellas estaría trabajando el sanjuanino José Luis Gioja, según supo parlamentario.com por parte de fuentes parlamentarias de la bancada.

El proyecto propondría un plan de construcción y adquisición de inmuebles destinados a la gestión pública de alquileres sociales, al tiempo de gravar las viviendas ociosas. También tiene como objetivos “mejorar las condiciones de contratación de los inquilinos” y “otorgar beneficios tributarios para locadores”, que incluiría la desgravación del impuesto a los Bienes Personales por 15 períodos fiscales.

Asimismo, se buscaría beneficiar a las personas registradas como monotributistas, de modo que las personas que otorguen los seguros de caución deberán aceptar tomadores de seguros que estén inscriptos en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes de la AFIP y no podrán requerirles más que la constancia de inscripción y comprobantes de pago de los últimos seis meses, ni podrán cobrarles más que a tomadores que fuesen empleados en relación de dependencia.

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