14 mayo 2025

Nuevas trabas para las sociedades anónimas deportivas

Un tribunal de Mercedes declaró como inconstitucional la medida en respuesta a un recurso presentado por la Liga de Fútbol de Salto. El Ejecutivo apelará la decisión.

 

La Justicia Federal de Mercedes tomó la decisión de dejar sin efecto dos artículos del DNU firmado por el presidente Javier Milei que autorizaba la creación de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). Esta medida fue tomada a raíz de un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Liga de Fútbol de Salto. Como consecuencia, el tribunal ordenó al Gobierno suspender la implementación de la iniciativa hasta que se tome una decisión de fondo.

El juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto fue quien dictaminó “hacer lugar a la medida cautelar solicitada, previa caución juratoria, ordenando al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 20 de Diciembre de 2023”.

Los artículos en cuestión, el 335 y el 345 del DNU 70/2023, buscaban facilitar la creación de las SAD en el ámbito deportivo. En este sentido, el artículo 335 ordenaba incorporar en la Ley de Sociedades Anónimas que “no podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias.”

Mientras tanto, el artículo 345 establecía que “las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas dispondrán de un año, contado a partir de la reglamentación del presente, para modificar sus estatutos a efectos de adecuarse a los términos previstos por aquel, lo que deberá ser aplicado sin perjuicio del cumplimiento de los mandatos preexistentes”.

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