17 mayo 2024

Impulsan una ley para darle trabajo a los jóvenes sin cuidados parentales

La senadora bonaerense del GEN, Lorena Mandagarán, presentó un proyecto destinado a impulsar la inserción laboral de los jóvenes sin cuidados parentales.

La senadora bonaerense del bloque UCR+GEN, Lorena Mandagarán, presentó un proyecto para potenciar la inserción laboral de los jóvenes sin cuidados parentales a través de políticas que incluyan a ese sector en todas las plantas de trabajo de organismos estatales.

En este sentido, el texto de Madagarán establece que las empresas del Estado provincial deberán ocupar dentro de su personal a los jóvenes sin cuidados parentales egresados del sistema de protección de derechos en una proporción no inferior al 2% de la totalidad de la planta, como así también deberá establecer puestos de trabajo que estén reservados exclusivamente por ellos.

“Este proyecto impulsa la instauración de medidas orientadas a garantizar la inclusión social y laboral de los y las jóvenes sin cuidados parentales que se encuentran bajo el cuidado del Estado, de modo de facilitar su transición hacia su vida adulta, su auto valimiento y su autonomía. Se pretende resguardar a uno de los sectores más vulnerable de la sociedad que son los adolescentes que egresan de un régimen institucionalizado como personas mayores de edad”, resalta Mandagarán en su iniciativa.

Es preciso mencionar que, se entiende por jóvenes sin cuidados parentales a aquellos individuos que se hallen separados de su familia de origen, nuclear y/o extensa, o de sus referentes afectivos y/o comunitarios, y que residan en dispositivos de cuidado formal en virtud de una medida de protección de derechos, dictadas con la Ley de la Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños (N°13.298).

“Resérvense las vacantes que se generen en los cargos correspondientes a los agentes que hayan ingresado bajo el régimen de la presente ley, o que posteriormente se hayan incorporado a esta norma, para ser ocupadas en su totalidad y exclusivamente por las personas objeto de la presente. Dichas vacantes no estarán sujetas a vulneración alguna en relación a su efectiva disponibilidad”, apunta el proyecto.

Vale aclarar que, el 2% de estos cargos podrán ser ocupados por jóvenes sin cuidados parentales siempre y cuando sean mayores de edad, residan en dispositivos de cuidado formal durante como mínimo seis (6) meses previos a cumplir los 18 años, y reúnan las condiciones de idoneidad para el rol que deben ocupar. Ese porcentaje se aplicará sobre el personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o personal contratado cualquiera sea la modalidad de contratación.

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