26 julio 2025

La Justicia de Santa Cruz habilitó a Cristina Kirchner a votar

La jueza federal Mariel Borruto determinó que “privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal”.

 

La jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, dictaminó que la normativa que inhabilita para votar a personas condenadas por delitos con penas mayores a tres años resulta inconstitucional, incluso si se trata de delitos de corrupción. En consecuencia, ordenó mantener a Cristina Fernández de Kirchner como electora activa en el padrón de Santa Cruz, lo que faculta teóricamente su voto en las elecciones del 26 de octubre.

Según el fallo, “privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal”, y las disposiciones cuestionadas no cumplirían con los criterios de “legalidad, necesidad y proporcionalidad” establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Por ello, la jueza dispuso que la expresidenta pueda votar, aunque siga inhabilitada para postularse como candidata, en sintonía con la condena del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 por la causa Vialidad.

La resolución contradice directamente la doctrina de la Corte Suprema de Justicia, que ratificó en junio de 2025 la condena de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para Cristina Kirchner por corrupción en la causa Vialidad, además de ratificar su inhabilitación política. Aunque la jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral sostiene que prohibir el voto a condenados es inconstitucional, usualmente se exceptúan quienes enfrentan delitos contra la administración pública —como es el caso de Fernández de Kirchner.

En la práctica, el fallo tiene un componente más simbólico que real: Fernández de Kirchner cumple prisión domiciliaria en Buenos Aires y no podría trasladarse a Santa Cruz para emitir su voto. Aun así, su figura política mantiene peso en el escenario electoral nacional, donde continúa movilizando bases frente al gobierno de Javier Milei.

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